2012/03/31

Anexo O del Código Deportivo Internacional (Primera Parte)


Después de las fallas negligentes que mataron a GuidoFalaschi mucho se dijo sobre las normas de seguridad, y cualquiera aparece hablando sobre la seguridad de los circuitos como si supiera lo que dice. Así que se me ocurrió ir a las fuentes: las normativas FIA.
En este enlace: http://argent.fia.com/web/fia-public.nsf/3CC0885987F122B2C12579C9004C62BE/$FILE/12.03.22_Annexe%20O.pdf está el Anexo O del Código Deportivo Internacional de la FIA con el reglamento para el reconocimiento de circuitos en los idiomas francés e inglés... se me ocurrió que tal vez, son demasiados los que hablan y jamás leyeron esta norma por el simple hecho de no saber ninguno de los dos idiomas. Así que, aquí debajo voy a traducir al español esta normativa.






Procedimientos para el reconocimiento de Circuitos de Carreras de Automovilismo Deportivo


Texto siguiente = de esta manera.
Texto borrado = de esta manera.
Texto modificado durante el corriente año = de esta manera.


CONTENIDO

ARTÍCULO 1 – OBJETIVO
ARTÍCULO 2 – DEFINICIONES
ARTÍCULO 3 – PROCEDIMIENTO
ARTÍCULO 4 – INSPECCIONES
ARTÍCULO 5 – CONSECUENCIAS DE UNA INSPECCIÓN
ARTÍCULO 6 – GRADOS DE LICENCIAS DE CIRCUITOS
ARTÍCULO 7 – CONCEPTO DE CIRCUITO
ARTÍCULO 8 – MEDICIÓN DE LA DISTANCIA DEL CIRCUITO
ARTÍCULO 9 – INSTALACIONES PARA LOS DISCAPACITADOS
ARTÍCULO 10 – ESTRUCTURAS AL LADO DE LA PISTA
ARTÍCULO 11 – REPORTE DE ACCIDENTE
ARTÍCULO 12 – MANTENIMIENTO DEL CIRCUITO
SUPLEMENTO 1 – EXPEDIENTE OBLIGATORIO DEL CIRCUITO
SUPLEMENTO 2 – DISTANCIA MÍNIMA DEL CIRCUITO Y NÚMERO MÁXIMO DE AUTOS EN PRÁCTICA Y EN LA LARGADA DE UN EVENTO.


1. Objetivo
Este anexo, redactado por la Comisión de Circuitos FIA, será referencia de los inspectores de circuitos de automovilismo deportivo de FIA cuando decidan si los eventos que se realizan en los autódromos afectados pueden ser inscriptos en el Calendario Internacional de Eventos Deportivos FIA. Con esta finalidad puede ser usado como guía inicial por diseñadores y operadores de autódromos.
Los requerimientos específicos que los inspectores FIA hagan a un autódromo se basarán en el estudio que hace la FIA de los diseños de circuitos y en la adaptación de las recomendaciones para cada caso de manera individual.


2. Definiciones
- Autódromo: un camino o pista, y las instalaciones inherentes, usadas para competiciones de automovilismo. Un autódromo puede ser no permanente, semipermanente o permanente dependiendo de la característica de sus instalaciones y su disponibilidad para competencias.

- Circuito: un autódromo cerrado, permanente o no permanente, que comienza y termina en el mismo punto, construido o adaptado de manera específica para las carreras de automovilismo.
- Pista: un camino construido o adaptado de manera especial para usarse como Circuito de competencias. Una pista se define por los bordes externos de la superficie de carrera.
- Nuevo circuito: a los propósitos de aplicar este anexo y cualquier texto relacionado de la FIA con la construcción o seguridad de circuitos, el término “Nuevo circuito” denota un circuito que no ha sido usado para una carrera internacional. Un circuito, permanente o no permanente, ya no se considera nuevo después que se usó para una carrera internacional, pero cualquier modificación que se le haga con posterioridad puede ser considerada como elemento de “nuevo circuito” por si misma.

- Comisión: en este Anexo, el término “Comisión” se refiere a la Comisión de Circuitos de la FIA.
- Inspección: una visita de delegados de la Comisión para establecer recomendaciones de acuerdo con este Anexo, para verificar o aprobar el trabajo realizado en base a tales recomendaciones, o para verificar todas las condiciones y servicios requeridos para la conducción de un evento internacional.
- Licencia del Circuito: un certificado que prueba que el circuito fue inspeccionado por la FIA, que estipula las condiciones bajo las cuales puede usarse y las categorías de autos o eventos que pueden ser admitidos, para ingresaren el Calendario Deportivo Internacional de la FIA.
 
3. Procedimientos

3.1     Los creadores de un nuevo circuito destinado a eventos internacionales deberán enviar un expediente exhaustivo de los planos y especificaciones al ACN (Automóvil Club Nacional) del país del circuito, para la aprobación del proyecto y el envío a la FIA (ver los requerimientos del expediente en el Suplemento 1).


3.2     La FIA cobrará una tarifa por el estudio del proyecto y la inspección, por procesar el expediente de un nuevo circuito, como también por cada vez que se le pide a la FIA que apruebe una modificación propuesta en un circuito existente. Estas tarifas normales serán fijas todos los años por la FIA. Se cobrará una tarifa adicional por cada estudio de una configuración modificada o alternativa pedida a nombre de un circuito o requerida para la aprobación de la FIA (Simulación Suplementaria) dentro del análisis de un proyecto además de las 4 Simulaciones permitidas en la tarifa de inspección de circuitos.
 
3.3     La FIA, después de examinar cada caso en relación a sus circunstancias particulares, puede recomendar modificaciones y será informada de cada paso del desarrollo, por el ACN.

3.4     Las inspecciones en el lugar serán realizadas por los delegados de la Comisión según sea necesario, con al menos una inspección preliminar y una inspección final. Para circuitos permanentes, la inspección final deberá realizarse antes de los 60 días (o 90 días para eventos del Campeonato Mundial de Fórmula Uno FIA) anteriores a que se realice el primer evento internacional, en la cual se deberá cumplir con el trabajo relacionado a la superficie de la pista, las características permanentes y las instalaciones de seguridad para completa satisfacción de la FIA.

Para circuitos no permanentes, antes de los 120 días del evento en cuestión, se deberá enviar para aprobación de la FIA un expediente en conformidad con el Suplemento 1 y el cronograma de construcción. Los inspectores de la FIA fijarán para cada caso en particular la fecha y hora de la inspección final después de una inspección preliminar del sitio que sucederá antes de los 60 días del evento, tiempo para el cual se deberá completar todo el trabajo relacionado con la superficie de la pista, con la posible excepción de modificaciones y reparaciones menores para satisfacción de la FIA.
 
3.5     Los procedimientos anteriores también son obligatorios para circuitos sometidos a grandes modificaciones. Cualquier modificación al trazado o a las instalaciones de seguridad que no son enviadas para que la FIA las acepte antes de la ejecución es una propensión a incapacitar la elección de un circuito para eventos internacionales.

3.6     A través del ACN se pueden solicitar sin ningún costo al Departamento de Seguridad de la FIA consultas preliminares sobre futuros proyectos o modificaciones. Sin embargo, los inspectores de la FIA no responderán a invitaciones de emprender consultas o visitas al sitio excepto cuando se les ordena hacerlo en el contexto de una inspección FIA en conformidad con los Artículos 4.4 y 4.5 de este Anexo.

2 comentarios:

Anónima dijo...

“Inspección: una visita de delegados de la Comisión para establecer recomendaciones de acuerdo con este Anexo, para verificar o aprobar el trabajo realizado en base a tales recomendaciones, o para verificar todas las condiciones y servicios requeridos para la conducción de un evento internacional.”

Anónima dijo...

Esto aplicaba para el callejero y NO SE CUMPLIÓ: “Para circuitos no permanentes, antes de los 120 días del evento en cuestión, se deberá enviar para aprobación de la FIA un expediente en conformidad con el Suplemento 1 y el cronograma de construcción. Los inspectores de la FIA fijarán para cada caso en particular la fecha y hora de la inspección final después de una inspección preliminar del sitio que sucederá antes de los 60 días del evento, tiempo para el cual se deberá completar todo el trabajo relacionado con la superficie de la pista, con la posible excepción de modificaciones y reparaciones menores para satisfacción de la FIA.”